{"id":16544,"date":"2024-10-28T14:38:21","date_gmt":"2024-10-28T17:38:21","guid":{"rendered":"https:\/\/fm22.com.ar\/?p=16544"},"modified":"2024-10-28T14:38:21","modified_gmt":"2024-10-28T17:38:21","slug":"prepagas-el-gobierno-fijo-una-fuerte-restriccion-a-la-cobertura-de-medicamentos-y-practicas-a-los-afiliados","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/fm22.com.ar\/index.php\/2024\/10\/28\/prepagas-el-gobierno-fijo-una-fuerte-restriccion-a-la-cobertura-de-medicamentos-y-practicas-a-los-afiliados\/","title":{"rendered":"Prepagas: el Gobierno fij\u00f3 una fuerte restricci\u00f3n a la cobertura de medicamentos y pr\u00e1cticas a los afiliados"},"content":{"rendered":"<p>&nbsp;<\/p>\n<p class=\"com-subhead --bajada --m-xs-\">Para que los pacientes de planes cerrados puedan solicitar coberturas, subsidios o reintegros de pr\u00e1cticas y medicamentos deber\u00e1n presentar recetas de m\u00e9dicos en cartilla; la medida se public\u00f3 este lunes en el Bolet\u00edn Oficial, en la Resoluci\u00f3n 3934\/24.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph  --capital --s\">En el marco de una serie de cambios en el sistema de salud privado, el Gobierno habilit\u00f3 este lunes a las prepagas a limitar las coberturas de los afiliados de<strong>\u00a0planes m\u00e9dicos cerrados<\/strong>. Seg\u00fan se dispuso en la Resoluci\u00f3n 3934\/24, solo profesionales en cartilla quedan habilitados a prescribir medicamentos y tratamientos para que los pacientes puedan solicitar la cobertura, subsidio o reintegro de pr\u00e1cticas m\u00e9dicas y medicamentos. Entre los argumentos, se destac\u00f3 que la restricci\u00f3n aspira a \u201cgarantizar la sostenibilidad del sistema\u201d frente a un elevado n\u00famero de recetas que presentan irregularidades. <strong>La medida afecta a m\u00e1s de 11 millones de beneficiarios, seg\u00fan pudo saber LA NACION por fuentes de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS)<\/strong>.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Determin\u00f3 adem\u00e1s que los planes de salud ofrecidos por agentes del seguro de la salud deber\u00e1n: acompa\u00f1ar por cada plan su cartilla de prestadores, en la que se detallen los profesionales, centros m\u00e9dicos y prestadores autorizados para brindar servicios en el marco del plan; y especificar con claridad si el plan es abierto o cerrado, indicando las condiciones de acceso, cobertura y las caracter\u00edsticas particulares que regulan la atenci\u00f3n de los beneficiarios.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">En este contexto se fij\u00f3 que en los planes de salud cerrados\u00a0<strong>\u201cla cobertura m\u00e9dico-asistencial de pr\u00e1cticas y medicamentos ser\u00e1 otorgada exclusivamente sobre la base de prescripciones realizadas por los m\u00e9dicos que integren la cartilla del Agente del Seguro de Salud correspondiente\u201d<\/strong>.<\/p>\n<p>Esta condici\u00f3n es de car\u00e1cter obligatorio &#8220;para toda solicitud de cobertura, subsidio o reintegro de pr\u00e1cticas m\u00e9dicas y medicamentos, incluyendo aquellas que se presenten por v\u00eda administrativa o judicial&#8221;.\u00a0De esta forma, para que los usuarios apelen esta medida, un juez deber\u00e1 declarar previamente su ilegitimidad y fundamentar la decisi\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">As\u00ed, a partir de este martes, todos\u00a0<strong>los afiliados de planes cerrados<\/strong>\u00a0deber\u00e1n atenderse exclusivamente con prestadores incluidos en cartilla, o bien elevar su prestaci\u00f3n a los planes abiertos, que suelen ser los m\u00e1s costosos. En esta opci\u00f3n, los beneficiarios tienen la alternativa de elegir la cobertura m\u00e9dico-asistencial a trav\u00e9s de los prestadores de cartilla o de prestadores externos.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">\u201cLas cartillas de prestadores deben ser presentadas ante esta Superintendencia de Servicios de Salud, indicando con precisi\u00f3n el tipo de plan de salud para el que rigen, a fin de garantizar su transparencia y validez operativa\u201d, se determin\u00f3 y agreg\u00f3: \u201cSe requiere una actualizaci\u00f3n continua de los procesos y criterios de gesti\u00f3n para asegurar que los recursos del sistema se asignen de manera eficiente y equitativa, evitando desv\u00edos o inconsistencias en las prestaciones\u201d.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">\u201c<strong>Es fundamental controlar que<\/strong>, en los planes cerrados,\u00a0<strong>las pr\u00e1cticas y medicamentos indicados a los beneficiarios sean prescriptos exclusivamente por los m\u00e9dicos incluidos en las cartillas\u00a0<\/strong>del Agente del Seguro de Salud correspondiente, para evitar inconsistencias en la prestaci\u00f3n y mitigar riesgos financieros\u201d, argument\u00f3 el Gobierno, que tambi\u00e9n destac\u00f3 que el anterior sistema reflejaba un &#8220;riesgo de desfinanciamiento&#8221; para los Agentes del Seguro de Salud y que la cobertura pr\u00e1cticas o medicamentos no previstos pod\u00eda &#8220;comprometer la sostenibilidad financiera del sistema&#8221;. La resoluci\u00f3n -que entra en vigencia a partir de este martes- lleva la firma del titular de la Superintendencia,\u00a0<strong>Gabriel Oriolo<\/strong>, quien se desempe\u00f1\u00f3 en diversas funciones durante casi 30 a\u00f1os dentro del Grupo OSDE.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">En di\u00e1logo con\u00a0<strong>LA NACION<\/strong>, fuentes de la Superintendencia de Salud justificaron la decisi\u00f3n. \u201cEs un\u00a0<strong>factor ordenador frente a un c\u00famulo de recetas efectuadas por profesionales que muchas veces no son de la especialidad<\/strong>, no tienen en cuenta la historia cl\u00ednica del paciente y ni siquiera detallan un diagn\u00f3stico presunto\u201d, consideraron.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Y sumaron: \u201cEn el marco del reordenamiento del sistema que impulsa la Superintendencia -en l\u00ednea con lo que plantea el Ministerio de Salud-<strong>\u00a0esta medida es un paso m\u00e1s en bajar el nivel de litigiosidad que existe y que atenta contra el equilibrio y un normal funcionamiento<\/strong>\u201d.<\/p>\n<h3 class=\"com-title --font-primary --xl --font-extra\"><strong>El fin de la triangulaci\u00f3n con las obras sociales<\/strong><\/h3>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Esta nueva medida del Gobierno se da pocos d\u00edas despu\u00e9s de que se oficializara que\u00a0<strong>las\u00a0<\/strong><strong>prepagas<\/strong><strong>\u00a0deber\u00e1n inscribirse en el Registro de Agentes del Seguro de Salud y as\u00ed dejar de triangular fondos con las obras sociales<\/strong>. De esta forma, trav\u00e9s de la\u00a0Resoluci\u00f3n 3284\/2024\u00a0publicada a principios de octubre en el Bolet\u00edn Oficial, las compa\u00f1\u00edas de salud deber\u00e1n declarar que dejan de tener convenios con obras sociales o sindicatos que funcionan de intermediarios en el pago del servicio del afiliado.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">En el art\u00edculo primero de la resoluci\u00f3n se estableci\u00f3: \u201dDeterm\u00ednase que\u00a0<strong>a partir del 1\u00ba de diciembre de 2024<\/strong>, todas las entidades comprendidas en el art\u00edculo 1\u00ba de la Ley N\u00b026.682 que ofrezcan planes de salud financiados, total o parcialmente, con fondos provenientes de la seguridad social, deber\u00e1n estar inscriptas en el Registro de Agentes del Seguro de Salud (R.N.A.S.) con encuadre en el inciso i) del art\u00edculo 1\u00b0 de la Ley N\u00b0 23.660\u2033.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Seg\u00fan las cifras del Gobierno,\u00a0<strong>el proceso de triangulaci\u00f3n recaudaba mensualmente $8600 millones, dado que la intermediaci\u00f3n puede costar entre un 3% y 7% seg\u00fan el caso<\/strong>. Que los afiliados abandonen este sistema har\u00e1 que los fondos que perciben las prepagas ingresen primero en las obras sociales.<\/p>\n<p style=\"text-align: right;\"><strong>Fuente: La Naci\u00f3n<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; Para que los pacientes de planes cerrados puedan solicitar coberturas, subsidios o reintegros de pr\u00e1cticas y medicamentos deber\u00e1n presentar recetas de m\u00e9dicos en cartilla; la medida se public\u00f3 este lunes en el Bolet\u00edn Oficial, en la Resoluci\u00f3n 3934\/24. 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